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Reforma a la Resolución de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros No. SCVS-DSC-2018-000

Mediante Resolución No. SCVS-DSC-2018-0008, publicada en el Registro Oficial No. 214 de 4 de abril de 2018, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros reformó la Resolución No. SCVS-DSC-2018-0001 en cuanto a las sociedades que son consideradas como sociedades de interés público.


La citada reforma elimina la obligación de señalar si son o no sociedades de interés público a las sociedades que se encuentren en los supuestos que se detallan a continuación:

  • Las dedicadas a las actividades de agencias de viaje, como a la venta de servicios de viajes (tours), de viajes organizados, de transporte y alojamiento, al público en general y a clientes comerciales; y de operadores turísticos, como la planificación y organización de paquetes de servicios de viajes para su venta a través de agencias de viajes o por los propios operadores turísticos; si la compañía obtuviere dinero de terceros a base de planes, promesas u ofertas de venta del servicio

  • Las que se dediquen a la venta de productos nuevos y usados, a excepción de los mencionados en el numeral anterior, por cuenta propia o a cambio de retribución o contrato (comisión), a usuarios minoristas, industriales, comerciales, institucionales, profesionales, o a otros mayoristas; y a la venta al público en general del mismo tipo de mercancías, para el consumo o uso personal o doméstico, realizada mediante tiendas, almacenes, puestos de venta, empresas de venta por correo, internet, a domicilio, vendedores ambulantes, si los ingresos anuales por ventas son iguales o superiores a cinco millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$ 5000,000.00).

#Superintendenciade #Empresas

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